20.4.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 129/3 |
Recurso interpuesto el 5 de febrero de 2020 — Satabank/BCE
(Asunto T-72/20)
(2020/C 129/04)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Demandante: Satabank plc (St. Julians, Malta) (representante: O. Behrends, abogado)
Demandada: Banco Central Europeo (BCE)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
— |
Anule la decisión del BCE de 26 de noviembre de 2019 por la que el BCE le deniega el acceso a su expediente. |
— |
Condene en costas a la demandada. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca ocho motivos.
1. |
Primer motivo, en el que se alega que el BCE no tuvo en cuenta el derecho principal de la demandante de acceder a su expediente. |
2. |
Segundo motivo, en el que se alega que la decisión del BCE se basa en una interpretación indebidamente restrictiva del artículo 32, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 468/2014 (1). |
3. |
Tercer motivo, basado en que la decisión del BCE vulnera el derecho de la demandante a una resolución debidamente motivada. |
4. |
Cuarto motivo, en el que se alega vulneración del derecho de la demandante a ser oída. |
5. |
Quinto motivo, basado en violación del principio de certeza jurídica. |
6. |
Sexto motivo, basado en violación del principio de proporcionalidad. |
7. |
Séptimo motivo, en el que se alega que el BCE violó el principio de nemo auditur. |
8. |
Octavo motivo, en el que se alega vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva con arreglo al artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. |
(1) Reglamento (UE) n.o 468/2014 del Banco Central Europeo, de 16 de abril de 2014, por el que se establece el marco de cooperación en el Mecanismo Único de Supervisión entre el Banco Central Europeo y las autoridades nacionales competentes y con las autoridades nacionales designadas (DO 2014, L 141, p. 1).