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2.8.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 310/7 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 17 de junio de 2021 (peticiones de decisión prejudicial planteadas por el Bundesfinanzgericht — Austria) — K (C-58/20), DBKAG (C-59/20) / Finanzamt Österreich, anteriormente Finanzamt Linz
(Asuntos acumulados C-58/20 y C-59/20) (1)
(Procedimiento prejudicial - Impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Directiva 2006/112/CE - Artículo 135, apartado 1 - Exenciones - Gestión de fondos comunes de inversión - Externalización - Servicios prestados por un tercero)
(2021/C 310/07)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Bundesfinanzgericht
Partes en el procedimiento principal
Recurrentes: K (C-58/20), DBKAG (C-59/20)
Recurrida: Finanzamt Österreich, anteriormente Finanzamt Linz
Fallo
El artículo 135, apartado 1, letra g), de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, debe interpretarse en el sentido de que los servicios prestados por terceros a sociedades de gestión de fondos comunes de inversión, como las actividades fiscales necesarias para garantizar la tributación conforme a la legislación nacional de los rendimientos de un fondo obtenidos por los partícipes de este y la concesión de un derecho de uso de un programa informático que sirve para efectuar cálculos esenciales en materia de gestión de riesgos y de medición del rendimiento, están comprendidos en la exención establecida en esa disposición si presentan una vinculación intrínseca con la gestión de fondos comunes de inversión y se prestan exclusivamente para la gestión de tales fondos, aun cuando dichos servicios no se externalicen en su totalidad.