Auto del Tribunal General (Sala Novena) de 22 de octubre de 2019 — BMC/Comisión y Entreprise commune Clean Sky 2
(Asunto T‑71/19)
«Recurso de anulación — Investigación y desarrollo tecnológico y espacio — Horizonte 2020, Programa Marco de Investigación e Innovación (2014-2020) — Procedimiento de convocatoria de propuestas H2020-CS 2 CFP08-FRC‑2018‑01 — Desarrollo de un sistema de aspiración y de protección antihielo para el motor de los helicópteros con rotores basculantes — Rechazo de la propuesta presentada por la demandante — Identificación de la parte demandada — Inadmisibilidad parcial»
Recurso de anulación — Requisitos de admisibilidad — Recurso dirigido contra el autor del acto impugnado — Excepciones — Actos adoptados en virtud de facultades delegadas imputables a la institución delegante — Alcance
(Art. 263 TFUE)
(véase el apartado 23)
Objeto
Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la decisión de la Empresa Común Clean Sky 2, de 6 de diciembre de 2018, mediante la que se desestima la solicitud de revisión de la evaluación de la propuesta n.o 831874 «smart De-icing bARrier Filter (DwARF)» presentada por la demandante en el marco de la convocatoria de propuestas H2020-CS 2-CFP08-FRC‑2018-01 y se confirma la decisión de 10 de octubre de 2018 de la Empresa Común Clean Sky 2, por la que se desestima dicha propuesta.
Fallo
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1) |
Desestimar el recurso como inadmisible en la medida en que se dirige contra la Comisión Europea. |
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2) |
Condenar a BMC Srl al pago de las costas correspondientes al presente procedimiento sobre la excepción de inadmisibilidad. |