17.6.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 206/87 |
Recurso interpuesto el 4 de abril de 2019 — HIM/Comisión
(Asunto T-235/19)
(2019/C 206/76)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Health Information Management (HIM) (Bruselas, Bélgica) (representante: P. Zeegers, abogado)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Admita la presente demanda y, en consecuencia, la declare fundada. |
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Declare que la parte demandante no adeuda las notas de adeudo con los n.os 3241901815 (94 445,00 euros) y 3241901886 (121 517,00 euros) emitidas el 4 de febrero de 2019 y, en la medida en que sea necesario, declare la nulidad de dichas notas de adeudo de conformidad con los artículos 263 y 264 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. |
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Condene a la Comisión Europea a cargar con la totalidad de los gastos y las costas, cuyo importe se estima provisionalmente en 8 000 euros. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.
1. |
Primer motivo, basado en que no se comunicó el informe definitivo de auditoría y en que la parte demandante no pudo hacer valer su punto de vista con conocimiento de causa. Esa falta de comunicación tiene como consecuencia que las notas de adeudo emitidas por la Comisión no estén justificadas. |
2. |
Segundo motivo, basado en la vulneración por parte del auditor y de la Comisión de las normas que determinan los costes subvencionables. La parte demandante refuta el punto de vista de la Comisión que, con su decisión, añadió un requisito no previsto por los textos aplicables, en particular, en materia de teletrabajo, por lo que adoptó una conducta contradictoria con la que ella misma había adoptado con ocasión de auditorías anteriores que afectaban a la parte demandante. |