Sentencia del Tribunal General (Sala Primera) de 7 de septiembre de 2022 — Set/Comisión
(Asunto T‑794/19) ( 1 )
«Ayudas de Estado — Mercado italiano de la electricidad — Mecanismo de capacidad — Decisión de no formular objeciones — Disponibilidad de la capacidad productiva de energía eléctrica — Modificación del mecanismo de retribución — Serias dificultades — Derechos procesales de las partes interesadas — Directrices sobre ayudas estatales en materia de protección del medio ambiente y energía 2014‑2020»
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1. |
Ayudas otorgadas por los Estados — Proyectos de ayudas — Examen por la Comisión — Fase preliminar y fase contradictoria — Compatibilidad de una ayuda con el mercado interior — Dificultades de apreciación — Obligación de la Comisión de iniciar el procedimiento contradictorio — Dificultades serias — Carga de la prueba — Circunstancias que permiten acreditar la existencia de esas dificultades — Conjunto de indicios concordantes relativos al desarrollo y la duración del procedimiento de examen previo, las circunstancias que rodearon la adopción de la decisión de la Comisión de no formular objeciones y el contenido de esta [Art. 108 TFUE, ap. 2; Reglamento (UE) del Consejo 2015/1589, art. 4, ap. 3] (véanse los apartados 25 a 33, 49 a 76, 94 a 109 y 114 a 141) |
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2. |
Ayudas otorgadas por los Estados — Decisión de la Comisión de no formular objeciones a una medida nacional — Obligación de motivación — Alcance [Arts. 107 TFUE, ap. 3, letra c), 108 TFUE, ap. 3, y 296 TFUE] (véanse los apartados 38 a 40) |
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3. |
Ayudas otorgadas por los Estados — Prohibición — Excepciones — Facultad de apreciación de la Comisión — Adopción por esta de directrices que sirven como marco para el examen de la compatibilidad de las ayudas con el mercado interior — Consecuencias — Autolimitación de su facultad de apreciación [Art. 107 TFUE, ap. 3, letra c); Comunicación 2014/C 200/1 de la Comisión] (véase el apartado 45) |
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4. |
Ayudas otorgadas por los Estados — Prohibición — Excepciones — Ayudas que pueden considerarse compatibles con el mercado interior — Ayudas en el sector de la energía — Directrices sobre ayudas en materia de protección del medio ambiente y energía — Ayudas para la adecuación de la capacidad de producción con un objetivo de protección del medio ambiente — Criterios [Art. 5 TUE, ap. 4; arts. 107 TUE, ap. 3, letra c), y 194 TFUE, ap. 1; Comunicación 2014/C 200/1 de la Comisión] (véanse los apartados 83 a 90) |
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5. |
Procedimiento judicial — Alegación de motivos nuevos en el curso del procedimiento — Requisitos — Ampliación de un motivo existente — Falta de ampliación — Inadmisibilidad (Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 84, ap. 1) (véanse los apartados 145 a 151) |
Fallo
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1) |
Desestimar el recurso. |
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2) |
Condenar a Set SpA a cargar con sus propias costas y con las de la Comisión Europea. |
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3) |
Condenar a la República Italiana a cargar con sus propias costas. |
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4) |
Condenar a EP Produzione SpA, A2A SpA, Edison SpA, Alperia Trading Srl, Elettricità Futura — Unione delle imprese elettriche italiane, Terna — Rete elettrica nazionale SpA y Enel Produzione SpA a cargar con sus propias costas. |
( 1 ) DO C 10 de 13.1.2020.