Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 10 de marzo de 2021 — FI/Comisión

(Asunto T‑694/19)

«Función pública — Funcionarios — Cónyuge supérstite — Pensión de supervivencia — Artículos 18, 19 y 20 del anexo VIII del Estatuto — Requisitos que deben reunirse — Duración del matrimonio — Excepción de ilegalidad — Igualdad de trato — Proporcionalidad»

1. 

Recursos de funcionarios — Recurso de anulación contra una decisión confirmatoria — Inadmisibilidad — Requisito — Decisión confirmada que ha adquirido carácter definitivo

(Estatuto de los Funcionarios, art. 91)

(véanse los apartados 24 a 27)

2. 

Recursos de funcionarios — Recurso dirigido contra la decisión desestimatoria de la reclamación — Admisibilidad — Obligación de pronunciarse sobre las pretensiones dirigidas contra la decisión desestimatoria de la reclamación — Pretensiones desprovistas de contenido autónomo o decisión meramente confirmatoria — Inexistencia

(Estatuto de los Funcionarios, arts. 90 y 91)

(véanse los apartados 28 y 29)

3. 

Funcionarios — Igualdad de trato — Concepto — Carácter comparable de las situaciones de que se trata — Criterios de apreciación

(Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, arts. 20, 21, ap. 1, y 52, ap. 1)

(véanse los apartados 42 a 47)

4. 

Funcionarios — Pensiones — Pensión de supervivencia — Requisitos para su concesión — Facultad de apreciación del legislador de la Unión — Control jurisdiccional — Alcance

(Estatuto de los Funcionarios, anexo VIII, arts. 19 y 20)

(véase el apartado 48)

5. 

Funcionarios — Pensiones — Pensión de supervivencia — Requisitos para su concesión — Duración mínima del matrimonio — Diferencia de trato de los cónyuges supérstites en función de la fecha del matrimonio, antes o después del cese de la actividad del funcionario fallecido — Requisito que supone una desventaja para las personas que se han casado después de la situación de invalidez del funcionario — Vulneración del principio de igualdad de trato — Justificación — Lucha contra el fraude — Inexistencia

(Estatuto de los Funcionarios, anexo VIII, arts. 18, 19 y 20)

(véanse los apartados 50 a 59, 62 a 66, 71 a 76 y 80 a 83)

Objeto

Recurso basado en el artículo 270 TFUE por el que se solicita la anulación de las decisiones de la Comisión de 8 de marzo y 1 de abril de 2019 por las que se desestima la solicitud de concesión de una pensión de supervivencia a la parte demandante.

Fallo

1) 

Anular las decisiones de la Comisión Europea de 8 de marzo de 2019 y 1 de abril de 2019 por las que se desestima la solicitud de concesión de una pensión de supervivencia a FI.

2) 

La Comisión cargará, además de con sus propias costas, con las de FI.

3) 

El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea cargarán con sus respectivas costas.