Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) de 19 de diciembre de 2019 — Amigüitos pets & life/EUIPO — Société des produits Nestlé (THE ONLY ONE by alphaspirit wild and perfect)

(Asunto T‑40/19)

«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión THE ONLY ONE by alphaspirit wild and perfect — Marca denominativa anterior de la Unión ONE — Motivos de denegación relativos — Inexistencia de riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 — Artículo 8, apartado 5, del Reglamento 2017/1001»

1. 

Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Criterios de apreciación

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)]

(véanse los apartados 21, 22, 83 y 84)

2. 

Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Apreciación del riesgo de confusión — Determinación del público pertinente — Nivel de atención del público

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)]

(véase el apartado 24)

3. 

Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marca figurativa THE ONLY ONE by alphaspirit wild and perfect — Marca denominativa ONE

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)]

(véanse los apartados 31, 33, 34, 52, 62, 69, 81, 82, 91, 94, 95 y 109 a 111)

4. 

Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre las marcas de que se trata — Criterios de apreciación — Marca compuesta — Determinación del componente o de los componentes dominantes

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)]

(véanse los apartados 35, 45, 51, 58 y 61)

5. 

Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre las marcas de que se trata —Apreciación basándose exclusivamente en el componente dominante de una marca compuesta — Requisitos

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)]

(véase el apartado 36)

6. 

Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Ponderación de las similitudes y diferencias entre los signos — Consideración de las circunstancias objetivas de comercialización

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)]

(véanse los apartados 92 y 93)

7. 

Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar que goza de renombre — Protección de la marca anterior de renombre ampliada a productos o servicios no similares — Requisitos

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, aps. 1, letra b), y 5]

(véanse los apartados 96, 97 y 108)

8. 

Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar que goza de renombre — Protección de la marca anterior de renombre ampliada a productos o servicios no similares — Requisitos — Provecho indebidamente obtenido del carácter distintivo o del renombre de la marca anterior — Perjuicio para el carácter distintivo o el renombre de la marca anterior — Criterios de apreciación

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 5]

(véanse los apartados 114 y 115)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 19 de noviembre de 2018 (asunto R 272/2018‑4), relativa a un procedimiento de oposición entre la Société des produits Nestlé y Amigüitos pets & life.

Fallo

1) 

Anular la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 19 de noviembre de 2018 (asunto R 272/2018‑4).

2) 

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3) 

La EUIPO cargará con sus propias costas y con la mitad de aquellas en que haya incurrido Amigüitos pets & life, S. A., incluidas las derivadas del procedimiento sustanciado ante la Sala de Recurso.

4) 

Société des produits Nestlé, SA, cargará con sus propias costas y con la mitad de aquellas en que haya incurrido Amigüitos pets & life, incluidas las derivadas del procedimiento sustanciado ante la Sala de Recurso.