Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 4 de febrero de 2021 — Pilatus Bank/BCE

(Asunto C‑701/19 P) ( 1 )

«Recurso de casación — Artículo 181 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Recurso de casación manifiestamente infundado — Política económica y monetaria — Supervisión prudencial de las entidades de crédito — Medidas de suspensión adoptadas por la autoridad nacional de supervisión — Designación de una persona de contacto — Comunicación condicional con el Banco Central Europeo (BCE) — Revocación de la autorización antes de la interposición del recurso — Recurso de anulación — Inadmisibilidad — Falta de una exposición suficientemente clara y precisa de los motivos alegados ante el Tribunal General — No demostración de un interés en ejercitar la acción — Calificación errónea de acto preparatorio — Sustitución de la fundamentación»

1. 

Recurso de casación — Motivos — Inadmisibilidad del recurso ante el Tribunal General — Motivo de orden público basado en el cambio de la representación de la demandante — Examen de oficio

(véase el apartado 23)

2. 

Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Interés en ejercitar la acción — Necesidad de un interés existente y efectivo — Apreciación en el momento de interponer el recurso — Recurso que puede reportar un beneficio al demandante

(véase el apartado 25)

3. 

Recurso de casación — Motivos — Fundamentos de una sentencia viciados por una infracción del Derecho de la Unión — Fallo justificado en virtud de otros fundamentos de Derecho — Desestimación

[Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 76, letra d)]

(véanse los apartados 27 y 30 a 38)

Fallo

1) 

Desestimar el recurso de casación.

2) 

Condenar en costas a Pilatus Bank plc.


( 1 ) DO C 406 de 2.12.2019.