Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 12 de noviembre de 2020 — Comisión/Reino de Bélgica (Rendimientos inmobiliarios extranjeros)

(Asunto C‑842/19) ( 1 )

«Incumplimiento de Estado — Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara un incumplimiento de Estado — No ejecución — Libre circulación de capitales — Artículo 63 TFUE — Incompatibilidad de las disposiciones fiscales belgas relativas a los rendimientos de bienes inmuebles situados en el extranjero — Artículo 260 TFUE, apartado 2 — Solicitud de imposición de una multa coercitiva y de una cantidad a tanto alzado»

1. 

Recurso por incumplimiento — Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara el incumplimiento — Plazo de ejecución — Fecha de referencia para apreciar la existencia del incumplimiento

(Art. 260 TFUE, ap. 2)

(véase el apartado 12)

2. 

Recurso por incumplimiento — Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara el incumplimiento — Incumplimiento de la obligación de ejecutar la sentencia — Sanciones pecuniarias — Finalidad — Prevención de la repetición de infracciones análogas

(Art. 260 TFUE, ap. 2)

(véase el apartado 45)

3. 

Recurso por incumplimiento — Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara el incumplimiento — Incumplimiento de la obligación de ejecutar la sentencia — Sanciones pecuniarias — Multa coercitiva — Cantidad a tanto alzado — Acumulación de ambas sanciones — Procedencia

(Art. 260 TFUE, ap. 2)

(véase el apartado 46)

4. 

Recurso por incumplimiento — Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara el incumplimiento — Incumplimiento de la obligación de ejecutar la sentencia — Sanciones pecuniarias — Imposición del pago de una cantidad a tanto alzado — Facultad de apreciación del Tribunal de Justicia — Criterios de apreciación

(Art. 260 TFUE, ap. 2)

(véanse los apartados 47 y 48)

5. 

Recurso por incumplimiento — Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara el incumplimiento — Incumplimiento de la obligación de ejecutar la sentencia — Sanciones pecuniarias — Cantidad a tanto alzado — Determinación del importe — Criterios — Duración de la infracción — Apreciación en la fecha en la que el Tribunal de Justicia examina los hechos

(Art. 260 TFUE, ap. 2)

(véanse los apartados 55 y 56)

6. 

Recurso por incumplimiento — Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara el incumplimiento — Incumplimiento de la obligación de ejecutar la sentencia — Sanciones pecuniarias — Cantidad a tanto alzado — Determinación del importe — Criterios — Capacidad de pago — Fecha de apreciación

(Art. 260 TFUE, ap. 2)

(véase el apartado 58)

7. 

Recurso por incumplimiento — Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara el incumplimiento — Incumplimiento de la obligación de ejecutar la sentencia — Sanciones pecuniarias — Multa coercitiva — Condena al pago — Requisito — Continuación del incumplimiento hasta el examen de los hechos por el Tribunal de Justicia

(Art. 260 TFUE, ap. 2)

(véase el apartado 61)

8. 

Recurso por incumplimiento — Sentencia del Tribunal de Justicia por la que se declara el incumplimiento — Incumplimiento de la obligación de ejecutar la sentencia — Sanciones pecuniarias — Multa coercitiva — Determinación de la forma y del importe — Facultad de apreciación del Tribunal de Justicia — Criterios

(Art. 260 TFUE, ap. 2)

(véanse los apartados 63 a 65)

Fallo

1) 

El Reino de Bélgica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 260 TFUE, apartado 1, al no haber adoptado todas las medidas necesarias para la ejecución de la sentencia de 12 de abril de 2018, Comisión/Bélgica (C‑110/17, EU:C:2018:250).

2) 

Condenar al Reino de Bélgica a pagar a la Comisión Europea una cantidad a tanto alzado por importe de 2000000 euros.

3) 

Condenar al Reino de Bélgica a pagar a la Comisión Europea una multa coercitiva de 7500 euros diarios a partir del pronunciamiento de la presente sentencia y hasta la fecha de la plena ejecución de la sentencia de 12 de abril de 2018, Comisión/Bélgica (C‑110/17, EU:C:2018:250).

4) 

Condenar en costas al Reino de Bélgica.


( 1 ) DO C 45 du 10.2.2020.