25.1.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 28/9 |
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 19 de noviembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Finanzgericht Baden-Württemberg — Alemania) — 5th AVENUE Products Trading GmbH / Hauptzollamt Singen
(Asunto C-775/19) (1)
(Procedimiento prejudicial - Unión aduanera - Reglamento (CEE) n.o 2913/92 - código aduanero comunitario - Artículo 29, apartados 1 y 3, letra a) - Artículo 32, apartados 1, letra c), y 5, letra b) - Reglamento (CEE) n.o 2454/93 - Artículo 157, apartado 2 - Determinación del valor en aduana - Valor de transacción de las mercancías importadas - Concepto de «condición de la venta» - Pago como contrapartida de la concesión de un derecho de distribución exclusiva)
(2021/C 28/12)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Finanzgericht Baden-Württemberg
Partes en el procedimiento principal
Demandante: 5th AVENUE Products Trading GmbH
Demandada: Hauptzollamt Singen
Fallo
El artículo 29, apartados 1 y 3, letra a), del Reglamento (CEE) n.o 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el código aduanero comunitario, debe interpretarse en el sentido de que un pago efectuado, durante un período limitado, por el comprador de mercancías importadas al vendedor de estas, como contrapartida de la concesión por este último de un derecho de distribución exclusiva de tales mercancías en un territorio determinado y calculado en función del producto de las ventas en ese territorio, ha de incluirse en el valor en aduana de las mercancías importadas.