Auto del Tribunal General (Sala Sexta) de 4 de julio de 2019 — romwell/EUIPO (twistpac)

(Asunto T‑662/18)

«Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca denominativa de la Unión twistpac — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (UE) 2017/1001 — Deber de diligencia — Artículo 95, apartado 1, del Reglamento 2017/1001 — Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno»

1. 

Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio — Objetivo — Imperativo de disponibilidad

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)]

(véase el apartado 14)

2. 

Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio — Concepto

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)]

(véase el apartado 15)

3. 

Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio — Criterios

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)]

(véase el apartado 16)

4. 

Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio — Concepto — Marca compuesta por una palabra o por un neologismo resultante de una combinación de elementos

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)]

(véase el apartado 17)

5. 

Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas compuestas exclusivamente por signos o por indicaciones que puedan servir para designar las características de un producto o de un servicio — Marca denominativa twistpac

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 7, ap. 1, letra c)]

(véanse los apartados 19, 25, 26, 28, 30, 36, 39 a 41, 45, 53, 57, 58 y 62)

6. 

Marca de la Unión Europea — Normas de procedimiento — Examen de oficio de los hechos — Deber de diligencia

(Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 95, ap. 1)

(véase el apartado 55)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 22 de agosto de 2018 (asunto R 336/2018‑2), relativa a una solicitud de registro del signo denominativo twistpac como marca de la Unión Europea.

Fallo

1) 

Desestimar el recurso.

2) 

Condenar en costas a romwell GmbH & Co. KG.