19.3.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/44


Recurso interpuesto el 19 de enero de 2018 — Delfant Hoylaerts/Comisión

(Asunto T-17/18)

(2018/C 104/57)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Isabelle Delfant Hoylaerts (Montredon-des-Corbières, Francia) (representante: E. Conquet, abogada)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión denegatoria de la Comisión de 21 de marzo de 2017.

Anule la decisión denegatoria implícita de la Comisión de 20 de octubre de 2017.

Condene a la Comisión a cargar con los gastos relativos al instituto médico-educativo a partir del 20 de octubre de 2017.

Condene a la Comisión a abonar a la Sra. Delfant Hoylaerts 3 000 euros en concepto de daños y perjuicios como indemnización por su perjuicio moral y financiero.

Condene a la Comisión a cargar con las cotas y a abonar a la Sra. Delfant Hoylaerts 3 000 euros en concepto de gastos no recuperables.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca un único motivo, basado en la infracción del artículo 72 del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea, cuyas disposiciones están recogidas en la Reglamentación común relativa a la cobertura de los riesgos de enfermedad de los funcionarios de la Unión Europea, y en particular en el artículo 20, así como en la guía de las intervenciones de la Comisión para hijos discapacitados del personal estatutario.

Según la parte demandante, la Comisión infringió las disposiciones citadas anteriormente al adoptar la decisión de no hacerse cargo de los gastos relativos a un instituto médico educativo (en lo sucesivo, «IME») para su hijo discapacitado. A este respecto, considera que dicha decisión es el resultado de una incomprensión puramente administrativa y que no consta el fundamento jurídico que sirvió de base a la Comisión.

Por último, la parte demandante sostiene que el comportamiento abusivo de la Comisión tiene graves consecuencias puesto que ella es incapaz de asumir en solitario los gastos del IME y éste es vital para su hijo. Afirma que, por consiguiente, su situación moral y financiera se ha visto agravada por la falta de la Comisión.