Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 13 de junio de 2019 — Innocenti/EUIPO — Gemelli (Innocenti)
(Asunto T‑392/18)
«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca denominativa de la Unión Innocenti — Marca nacional figurativa anterior i INNOCENTI — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001»
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1. |
Marca de la Unión Europea — Procedimiento de recurso — Recurso interpuesto ante las Salas de Recurso — Suspensión del procedimiento — Requisitos [Reglamento Delegado (UE) 2017/1430 de la Comisión, art. 71, ap. 1] (véanse los apartados 25 a 28 y 36) |
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2. |
Marca de la Unión Europea — Normas de procedimiento — Plazos — Preclusión — Excepciones — Obligación de vigilancia y de diligencia (Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo) (véanse los apartados 31 y 32) |
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3. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Criterios de apreciación [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 42, 43 y 71) |
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4. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Apreciación del riesgo de confusión — Determinación del público pertinente — Nivel de atención del público [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 44) |
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5. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre las marcas de que se trata — Criterios de apreciación — Marca compuesta [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 50, 51 y 58) |
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6. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre las marcas de que se trata — Similitud gráfica entre una marca figurativa y una marca denominativa [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 61) |
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7. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marca denominativa Innocenti y marca figurativa i INNOCENTI [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 74 a 77) |
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 19 de abril de 2018 (asunto R 2336/2010‑5), relativa a un procedimiento de oposición entre el Sr. Gemelli e Innocenti.
Fallo
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1) |
Desestimar el recurso. |
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2) |
Condenar a Innocenti SA a cargar con sus propias costas y con las costas en que hayan incurrido en el presente procedimiento la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) y el Sr. Filippo Gemelli. |