Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 22 de noviembre de 2018 — Endoceutics/EUIPO — Merck (FEMIVIA)
(Asunto T‑59/18)
«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca denominativa de la Unión FEMIVIA — Marca denominativa anterior de la Unión FEMIBION INTIMA — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001»
1. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Criterios de apreciación [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 17, 18, 57 y 63) |
2. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Apreciación del riesgo de confusión — Determinación del público pertinente — Nivel de atención del público [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 21 y 65) |
3. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marcas denominativas FEMIVIA y FEMIBION INTIMA [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 24, 25, 39, 42, 59, 63, 64 y 68) |
4. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre las marcas de que se trata — Criterios de apreciación — Marca compuesta [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 27 y 28) |
5. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre las marcas de que se trata — Apreciación del carácter distintivo de un elemento de una marca [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 33) |
6. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Escaso carácter distintivo de la marca anterior — Relevancia [Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 69) |
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 27 de noviembre de 2017 (asunto R 280/2017‑2), relativa a un procedimiento de oposición seguido entre Merck y Endoceutics.
Fallo
1) |
Desestimar el recurso. |
2) |
Condenar en costas a Endoceutics, Inc. |