8.2.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 44/47


Sentencia del Tribunal General de 16 de diciembre de 2020 — SGL Carbon/Comisión

(Asunto T-639/18) (1)

(«Responsabilidad extracontractual - Medio ambiente - Clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas - Clasificación de la brea de alquitrán de hulla a elevada temperatura entre las sustancias de toxicidad acuática aguda de categoría 1 (H400) y de toxicidad acuática crónica de categoría 1 (H410) - Infracción suficientemente caracterizada de una norma jurídica que confiere derechos a los particulares»)

(2021/C 44/69)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: SGL Carbon SE (Wiesbaden, Alemania) (representantes: K. Van Maldegem, M. Grunchard, S. Saez Moreno y P. Sellar, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: M. Wilderspin, R. Lindenthal y K. Talabér-Ritz, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Reino de España (representante: L. Aguilera Ruiz, agente), Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (representantes: M. Heikkilä, W. Broere y T. Zbihlej, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 268 TFUE por el que se solicita la indemnización del perjuicio supuestamente sufrido por la demandante como consecuencia de la adopción del Reglamento (UE) n.o 944/2013 de la Comisión, de 2 de octubre de 2013, que modifica, a efectos de su adaptación al progreso científico y técnico, el Reglamento (CE) n.o 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas (DO 2013, L 261, p. 5), que clasifica la brea de alquitrán de hulla a elevada temperatura entre las sustancias de toxicidad acuática aguda de categoría 1 (H400) y de toxicidad acuática crónica de categoría 1 (H410).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

SGL Carbon SE cargará, además de con sus propias costas, con las de la Comisión Europea.

3)

El Reino de España y la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) cargarán con sus propias costas.


(1)  DO C 16 de 14.1.2019.