5.11.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 399/18


Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale Amministrativo Regionale per il Piemonte (Italia) el 28 de junio de 2018 — Consorzio Nazionale Servizi Società Cooperativa (CNS) / Gruppo Torinese Trasporti Gtt SpA

(Asunto C-425/18)

(2018/C 399/25)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunale Amministrativo Regionale per il Piemonte

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Consorzio Nazionale Servizi Società Cooperativa (CNS)

Recurrida: Gruppo Torinese Trasporti Gtt SpA

Cuestión prejudicial

¿Se oponen los artículos 53, apartado 3, y 54, apartado 4, de la Directiva 2004/17/CE, (1) en relación con el artículo 45, apartado 2, letra d), de la Directiva 2004/18/CE (2) a una disposición como el artículo 38, apartado 1, letra f), del Decreto Legislativo n.o 163/2006 de la República Italiana, según ha sido interpretado por la jurisprudencia nacional, que excluye del concepto de «falta grave» cometida por un operador económico «en el ejercicio de su actividad profesional», los comportamientos constitutivos de una infracción de las normas sobre competencia constatados y sancionados por la autoridad nacional de defensa de la competencia mediante una decisión confirmada en sede jurisdiccional, impidiendo de ese modo a priori que los poderes adjudicadores evalúen autónomamente tales infracciones a efectos de la eventual, pero no obligatoria, exclusión de dicho operador económico de una licitación convocada para la adjudicación de un contrato público?


(1)  Directiva 2004/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre la coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de los servicios postales (DO 2004, L 134, p. 1).

(2)  Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios (DO 2004, L 134, p. 114).