201808030212050082018/C 294/373772018CJC29420180820ES01ESINFO_JUDICIAL20180531272822

Asunto C-377/18: Petición de decisión prejudicial planteada por el Spetsializiran nakazatelen sad (Bulgaria) el 8 de junio de 2018 — Proceso penal contra AH, PB, CX, KM, PH


C2942018ES2720120180531ES0037272282

Petición de decisión prejudicial planteada por el Spetsializiran nakazatelen sad (Bulgaria) el 8 de junio de 2018 — Proceso penal contra AH, PB, CX, KM, PH

(Asunto C-377/18)

2018/C 294/37Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Spetsializiran nakazatelen sad

Partes en el proceso principal

AH, PB, CX, KM, PH

Cuestión prejudicial

¿Es conforme con el artículo 4, apartado 1, primera frase, en relación con los considerandos 16, primera frase, y 17 de la Directiva 2016/343, ( 1 ) una jurisprudencia nacional que exige que en el texto de un acuerdo (celebrado en el marco de un procedimiento penal) se identifiquen como autores de la infracción penal controvertida, además del acusado que ha reconocido su culpabilidad en relación con dicha infracción penal y ha celebrado tal acuerdo, los demás acusados, coautores de la infracción, que no han celebrado dicho acuerdo, que no han reconocido su culpabilidad y para los que el asunto prosigue según el procedimiento penal ordinario, pero que han expresado su conformidad para que el primer acusado celebre dicho acuerdo?


( 1 ) Directiva (UE) 2016/343 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por la que se refuerzan en el proceso penal determinados aspectos de la presunción de inocencia y el derecho a estar presente en el juicio (DO 2016, L 65, p. 1).