201806010341917452018/C 211/222702018CJC21120180618ES01ESINFO_JUDICIAL20180419181811

Asunto C-270/18: Petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État (Francia) el 19 de abril de 2018 — UPM France / Premier ministre, Ministre de l’Action et des Comptes publics


C2112018ES1810120180419ES0022181181

Petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État (Francia) el 19 de abril de 2018 — UPM France / Premier ministre, Ministre de l’Action et des Comptes publics

(Asunto C-270/18)

2018/C 211/22Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Conseil d’État

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: UPM France

Recurridas: Premier ministre, Ministre de l’Action et des Comptes publics

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Debe interpretarse lo dispuesto en el artículo 21, apartado 5, párrafo tercero, de la Directiva ( 1 ) en el sentido de que la facultad que dicha norma reconoce a los Estados miembros para establecer una exención en favor de los pequeños productores de electricidad, siempre que sometan a imposición los productos energéticos utilizados para la producción de dicha electricidad, puede aplicarse en una situación, como la descrita en el apartado 7 de la presente resolución respecto del período anterior al 1 de enero de 2011, en que Francia, de conformidad con la Directiva, aún no había introducido el impuesto interior sobre el consumo final de la electricidad ni había previsto, en consecuencia, una exención de dicho impuesto en favor de los pequeños productores?

2)

En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión, ¿cómo deben combinarse las disposiciones del artículo 14, apartado 1, letra a), de la Directiva con las de su artículo 21, apartado 5, párrafo tercero, respecto de los pequeños productores que consumen la electricidad que generan para las necesidades de su actividad? En particular, ¿conllevan una imposición mínima derivada o bien de la sujeción al impuesto de la electricidad generada, con una exención del gas natural utilizado, o bien de una exención del impuesto sobre la generación eléctrica, en cuyo caso el Estado debe gravar el gas natural utilizado?


( 1 ) Directiva 2003/96/CE del Consejo, de 27 de octubre de 2003, por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad (DO 2003, L 283, p. 51).