201807130092003812018/C 268/241372018CJC26820180730ES01ESINFO_JUDICIAL20180222181811

Asunto C-137/18: Petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Dresden (Alemania) el 22 de febrero de 2018 — hapeg dresden gmbh / Bayrische Straße 6-8 GmbH & Co. KG


C2682018ES1810120180222ES0024181181

Petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Dresden (Alemania) el 22 de febrero de 2018 — hapeg dresden gmbh / Bayrische Straße 6-8 GmbH & Co. KG

(Asunto C-137/18)

2018/C 268/24Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Landgericht Dresden

Partes en el procedimiento principal

Demandante: hapeg dresden gmbh

Demandada: Bayrische Straße 6-8 GmbH & Co. KG

Cuestión prejudicial

¿Debe interpretarse el Derecho de la Unión Europea, en particular el artículo 15, apartado 3, letras b) y c), y el artículo 16, apartado 1, primera, segunda y tercera frase, letras b) y c), de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, ( 1 ) de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, en el sentido de que se opone a una normativa nacional, como la aplicable en el litigio principal, que prohíbe que en los contratos con arquitectos o ingenieros se acuerden unos honorarios inferiores a los importes mínimos establecidos en las tarifas de honorarios de arquitectos e ingenieros para el cálculo de su remuneración?


( 1 ) Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior (DO 2006, L 376, p. 36).