22.5.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 161/34


Recurso interpuesto el 21 de marzo de 2017 — PlasticsEurope/ECHA

(Asunto T-185/17)

(2017/C 161/48)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: PlasticsEurope (Bruselas, Bélgica) (representantes: R. Cana, E. Mullier y F. Mattioli, abogados)

Demandada: Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare el recurso admisible y fundado.

Anule la decisión de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA), publicada el 12 de enero de 2017, en la que se incluía el Bisphenol A (en lo sucesivo, «BPA») en la lista de las posibles sustancias para su autorización como sustancia de alto grado de preocupación con arreglo al artículo 59 del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (Reglamento REACH).

Condene a la ECHA a cargar con las costas del procedimiento.

Adopte cualquier otra resolución que en Derecho proceda.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.

1.

Primer motivo, basado en que la resolución impugnada infringe el artículo 2, apartado 8, letra b), del Reglamento REACH.

La resolución impugnada infringe el artículo 2, apartado 8, letra b), del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (DO 2006, L 396, p. 1), por cuanto las sustancias intermedias quedan exentas del título VII en su totalidad en virtud del artículo 2, apartado 8, letra b), del Reglamento REACH, y están, por tanto, fuera del ámbito de aplicación de los artículos 57 y 59 y de la autorización.

2.

Segundo motivo, basado en que la resolución impugnada viola el principio de proporcionalidad.

La demandante alega que la resolución impugnada viola el principio de proporcionalidad, puesto que la inclusión de sustancias intermedias en la lista de las posibles sustancias excede de los límites de lo apropiado y necesario para alcanzar el objetivo perseguido, y no es la medida menos gravosa a la que podría haber recurrido la ECHA.

3.

Tercer motivo, basado en que la demandada incurrió en error manifiesto de apreciación al no tomar en consideración la información que tenía a su disposición que mostraba los usos de la BPA como sustancia intermedia.

La Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas no tuvo en cuenta la información disponible en el expediente elaborado con arreglo al anexo XV sobre la BPA, de conformidad con el Reglamento REACH.