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24.4.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 129/21 |
Recurso interpuesto el 14 de febrero de 2017 — BTB Holding Investments y Duferco Participations Holding/Comisión
(Asunto T-100/17)
(2017/C 129/35)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandantes: BTB Holding Investments SA (Luxemburgo, Luxemburgo), Duferco Participations Holding SA (Luxemburgo) (representantes: J.-F. Bellis, R. Luff y M. Favart, abogados)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
Las partes demandantes solicitan al Tribunal General que:
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Acuerde la admisión del presente recurso y lo declare fundado. |
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Anule el artículo 1, letras a), b) y d), y el artículo 2 de la Decisión de la Comisión, de 20 de enero de 2016, relativa a las ayudas estatales SA.33926 2013/C (ex 2013/NN, 2011/CP) concedidas por Bélgica en favor de Duferco. |
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Condene en costas a la parte demandada. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, las partes demandantes invocan tres motivos por lo que atañe a la primera medida, a saber, la cesión por Foreign Strategic Investment Holding (FSIH) de una participación del 49,9 % en Duferco US à Duferco Industrial Investment.
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1. |
Primer motivo, basado en errores de Derecho y de apreciación relativos al criterio del operador privado en una economía de mercado y en el requisito de la existencia de una ventaja establecido en el artículo 107 TFUE, apartado 1, y en un incumplimiento de la obligación de motivación. Este motivo se divide en dos partes:
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2. |
Segundo motivo, basado en errores de Derecho y de apreciación en los que la Comisión supuestamente incurrió, al no tener en cuenta todos los elementos pertinentes, no reconocer la racionalidad económica de la operación y no tener en cuenta los argumentos esenciales relativos a la rentabilidad de la transacción en la evaluación del criterio del operador privado en una economía de mercado, ignorando, de ese modo, el principio del operador privado en una economía de mercado, la obligación de motivación en el sentido del artículo 296 TFUE y los requisitos del artículo 107 TFUE, apartado 1. Este motivo se divide en tres partes:
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3. |
Tercer motivo, basado en errores de Derecho y de apreciación manifiestos, en una vulneración de los principios de diligencia y de buena administración, del criterio del operador privado en una economía de mercado, de los requisitos relativos a la existencia de una ventaja en el sentido del artículo 107 TFUE, apartado 1, y en el incumplimiento de la obligación de motivación, en el sentido de que, a juicio de las partes demandantes, la Comisión no evaluó correctamente la participación de FSIH en Duferco US en la cuantificación del supuesto elemento de ayuda. Este motivo se divide en cinco partes:
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La demandante BTB Holding Investments SA invoca a continuación tres motivos por lo que atañe la segunda medida, a saber, la venta por FSIH de una participación del 25 % en Duferco Participations Holding Limited a Bolmat Holding Limited.
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1. |
Primer motivo, basado en errores de Derecho y de apreciación manifiestos y en la vulneración del principio del operador privado en una economía de mercado y de la carga de la prueba, y en el incumplimiento del requisito de la existencia de una ventaja establecido en el artículo 107 TFUE, apartado 1, y de la obligación de motivación establecida en el artículo 296 TFUE, en la medida en que la Comisión supuestamente llevó a cabo una aplicación incorrecta del principio del operador privado en una economía de mercado. |
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2. |
Segundo motivo, basado en errores de Derecho y de apreciación manifiestos en la medida en que la Comisión no tuvo en cuenta elementos esenciales presentados por las partes, ignorando, de ese modo, el principio del operador privado en una economía de mercado, los requisitos del artículo 107 TFUE, apartado 1, el deber de diligencia y la obligación de motivación en el sentido del artículo 296 TFUE. |
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3. |
Tercer motivo, basado en errores de Derecho y de apreciación manifiestos en la cuantificación del supuesto elemento de ayuda vulnerando el principio de buena administración, el principio del inversor en una economía de mercado e infringiendo el artículo 107 TFUE, apartado 1, y el artículo 296 TFUE. |
La demandante BTB Holding Investments SA invoca después dos motivos por lo que atañe a la cuarta medida, a saber, el préstamo en favor de Ultima Partners Limited.
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1. |
Primer motivo, basado en errores manifiestos de apreciación de los hechos y en errores de Derecho en la medida en que la Comisión rechazó el enfoque comparativo vulnerando el principio del operador privado en una economía de mercado, el artículo 107 TFUE, apartado 1, por lo que respecta a la existencia de una ventaja, la obligación de motivación y los principios generales de protección de la confianza legítima y de buena administración. |
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2. |
Segundo motivo, basado en errores manifiestos de apreciación de los hechos y en errores de Derecho en la determinación del tipo de referencia, que dieron lugar a la aplicación errónea del criterio del operador privado en una economía de mercado y al incumplimiento del requisito de la existencia de una ventaja en el sentido del artículo 107 TFUE, apartado 1. Este motivo se divide en dos partes:
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