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7.1.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 4/29 |
Sentencia del Tribunal General de 8 de noviembre de 2018 — Perfect Bar/EUIPO (PERFECT Bar)
(Asunto T-759/17) (1)
(«Marca de la Unión Europea - Solicitud de marca figurativa de la Unión PERFECT Bar - Motivos de denegación absolutos - Carácter descriptivo - Falta de carácter distintivo - Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (UE) 2017/1001]»)
(2019/C 4/40)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Recurrente: Perfect Bar LLC (San Diego, California, Estados Unidos) (representantes: F. Miazzetto, J.L. Gracia Albero y E. Cebollero González, abogados)
Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: J. Ivanauskas y D. Walicka, agentes)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 5 de septiembre de 2017 (asunto R 2440/2016-4), relativa a una solicitud de registro del signo figurativo PERFECT Bar como marca de la Unión Europea.
Fallo
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1) |
Anular la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 5 de septiembre de 2017 (asunto R 2440/2016-4) por lo que se refiere a los «complementos proteicos» y a los «complementos nutricionales y alimenticios». |
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2) |
Desestimar el recurso en todo lo demás. |
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3) |
Cada parte cargará con sus propias costas. |