30.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 414/30


Sentencia del Tribunal General de 5 de octubre de 2020 — Casino, Guichard-Perrachon y AMC/Comisión

(Asunto T-249/17) (1)

(«Competencia - Prácticas colusorias - Procedimiento administrativo - Decisión por la que se ordena una inspección - Excepción de ilegalidad del artículo 20 del Reglamento (CE) n.o 1/2003 - Derecho a la tutela judicial efectiva - Igualdad de armas - Obligación de motivación - Derecho a la inviolabilidad del domicilio - Indicios suficientemente fundados - Proporcionalidad»)

(2020/C 414/49)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: Casino, Guichard-Perrachon (Saint-Étienne, Francia) y Achats Marchandises Casino SAS (AMC), anteriormente EMC Distribution (Vitry-sur-Seine, Francia) (representantes: D. Théophile, I. Simic, O. de Juvigny, T. Reymond, A. Sunderland y G. Aubron, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: B. Mongin, A. Dawes e I. Rogalski, agentes, asistidos por F. Ninane, abogada)

Parte coadyuvante, en apoyo de la parte demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: S. Boelaert, S. Petrova y O. Segnana, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión C(2017) 1054 final de la Comisión, de 9 de febrero de 2017, por la que se ordena a Casino, Guichard-Perrachon y a todas las sociedades directa o indirectamente controladas por ella someterse a una inspección en virtud del artículo 20, apartados 1 y 4, del Reglamento (CE) n.o 1/2003 del Consejo (asunto AT.40466 — Tute 1).

Fallo

1)

Anular el artículo 1, letra b), de la Decisión C(2017) 1054 final de la Comisión, de 9 de febrero de 2017, por la que se ordena a Casino, Guichard-Perrachon y a todas las sociedades directa o indirectamente controladas por ella someterse a una inspección en virtud del artículo 20, apartados 1 y 4, del Reglamento (CE) n.o 1/2003 del Consejo (asunto AT.40466 — Tute 1).

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

Casino, Guichard-Perrachon y Achats Marchandises Casino SAS (AMC), la Comisión Europea y el Consejo de la Unión Europea cargaran cada uno con sus propias costas.


(1)  DO C 221 de 10.7.2017.