22.1.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 22/18


Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgerichtshof (Austria) el 2 de octubre de 2017 — Bundesamt für Fremdenwesen und Asyl

(Asunto C-577/17)

(2018/C 022/27)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Verwaltungsgerichtshof

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Bundesamt für Fremdenwesen und Asyl

Otra parte: Clinton Osas Alake alias Klenti Solim, Cynthia Nomamidobo y Prince Nomamidobo

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Puede estimar válidamente una petición de readmisión con arreglo al artículo 23, apartado 1, del Reglamento Dublín III (1) el Estado miembro requerido (y responsable, conforme a los criterios del capítulo III del Reglamento Dublín III), aunque ya haya expirado el plazo de respuesta establecido en el artículo 25, apartado 1, de dicho Reglamento y el Estado miembro requerido haya rechazado ya en plazo la petición de readmisión y haya respondido negativamente en plazo a la solicitud de reexamen de la petición con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento de aplicación? (2)

En caso de respuesta negativa a la primera cuestión:

A raíz de la desestimación en plazo de la petición de readmisión por el Estado miembro que es responsable con arreglo a los criterios del capítulo III del Reglamento Dublín III, ¿debe el Estado miembro requirente, donde se ha presentado la nueva solicitud, examinar dicha solicitud a fin de asegurar que un Estado miembro examine la solicitud con arreglo al artículo 3, apartado 1, del Reglamento Dublín III?


(1)  Reglamento (UE) n.o 604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida (Texto refundido) (DO 2013, L 180, p. 31).

(2)  Reglamento (CE) n.o 1560/2003 de la Comisión, de 2 de septiembre de 2003, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.o 343/2003 del Consejo por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de asilo presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país (DO 2009, L 222, p. 3).