4.9.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 293/19 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Högsta förvaltningsdomstolen (Suecia) el 29 de junio de 2017 — Konkurrensverket/SJ AB
(Asunto C-388/17)
(2017/C 293/23)
Lengua de procedimiento: sueco
Órgano jurisdiccional remitente
Högsta förvaltningsdomstolen
Partes en el procedimiento principal
Demandante: Konkurren
Demandada: SJ AB
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿Debe interpretarse el artículo 5, apartado 1, párrafo segundo, de la Directiva 2004/17 (1) en el sentido de que existe una red en el campo del transporte cuando se ponen a disposición servicios de transporte en una red ferroviaria para el tráfico nacional e internacional administrada por el Estado con arreglo a disposiciones nacionales de transposición de la Directiva 2012/34 (2) que prevén la adjudicación de capacidad de infraestructura ferroviaria sobre la base de las solicitudes de las empresas ferroviarias y la obligación de atender todas las solicitudes en la medida de lo posible? |
2) |
¿Debe interpretarse el artículo 5, apartado 1, párrafo segundo, de la Directiva 2004/17 en el sentido de que una actividad llevada a cabo por una empresa ferroviaria tal como se contempla en la Directiva 2012/34, que consiste en la prestación de servicios de transporte al público en la red ferroviaria, constituye una puesta a disposición o explotación a los efectos de dicha disposición? |
(1) Directiva 2004/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre la coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de los servicios postales (DO 2004, L 134, p. 1).
(2) Directiva 2012/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, por la que se establece un espacio ferroviario europeo único (DO 2012, L 343, p. 32).