Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 17 de octubre de 2018 — Comisión/Reino Unido

(Asunto C‑503/17) ( 1 )

«Incumplimiento de Estado — Directiva 95/60/CE — Marcado fiscal del gasóleo y del queroseno — Abastecimiento de embarcaciones privadas de recreo»

Disposiciones fiscales — Armonización de las legislaciones — Marcado fiscal del gasóleo y del queroseno — Directiva 95/60/CE — Carburante marcado que no es objeto de exención ni reducción alguna en el impuesto especial — Autorización de utilización de dicho carburante para propulsar embarcaciones privadas de recreo — Incumplimiento

(Directiva 95/60/CE del Consejo, art. 1)

(véanse el apartado 57 y el punto 1 del fallo)

Fallo

1) 

Al autorizar el uso de carburante marcado para la navegación de recreo privada, aun cuando dicho carburante no sea objeto de exención ni reducción alguna en la liquidación del impuesto especial, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 95/60/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 1995, relativa al marcado fiscal del gasóleo y del queroseno.

2) 

Condenar en costas al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.


( 1 ) DO C 347 de 16.10.2017.