Asunto C‑445/17

Agenzia delle Dogane e dei Monopoli

contra

Pilato SpA

(Petición de decisión prejudicial planteada por la Commissione Tributaria Regionale del Lazio)

«Procedimiento prejudicial — Arancel aduanero común — Nomenclatura combinada — Clasificación arancelaria — Partidas 8703, 8704 y 8705 — Coches fúnebres»

Sumario — Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 25 de julio de 2018

Unión aduanera — Arancel aduanero común — Partidas arancelarias — Coches fúnebres — Clasificación en la partida 8703 de la nomenclatura combinada

[Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo, en su versión modificada por el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 927/2012, anexo I]

La nomenclatura combinada que figura en el anexo I del Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común, en su versión modificada por el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 927/2012 de la Comisión, de 9 de octubre de 2012, ha de interpretarse en el sentido de que los coches fúnebres, como aquel de que se trata en el litigio principal, deben clasificarse en la partida 8703 de la nomenclatura combinada.

(véase el apartado 41 y el fallo)