29.1.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 32/8 |
Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 16 de noviembre de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por el Supremo Tribunal Administrativo — Portugal) — Instituto de Financiamento da Agricultura e Pescas, IP / António da Silva Rodrigues
(Asunto C-243/17) (1)
([Procedimiento prejudicial - Artículo 53, apartado 2, y artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Reglamento (CE) n.o 1260/1999 - Reglamento (CE, Euratom) n.o 2988/95 - Artículo 3, apartado 1 - Protección de los intereses financieros de la Unión Europea - Concepto de «programa plurianual» - Ámbito de aplicación])
(2018/C 032/12)
Lengua de procedimiento: portugués
Órgano jurisdiccional remitente
Supremo Tribunal Administrativo
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: Instituto de Financiamento da Agricultura e Pescas, IP
Recurrida: António da Silva Rodrigues
Fallo
1) |
El artículo 3, apartado 1, párrafo primero, del Reglamento (CE, Euratom) n.o 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas, debe interpretarse en el sentido de que, en caso de irregularidad no continua ni reiterada, el plazo de prescripción de cuatro años que dicho artículo establece se contará a partir de la fecha de realización de la irregularidad. |
2) |
Declarar la inadmisibilidad manifiesta de las cuestiones prejudiciales segunda, tercera y cuarta planteadas por el Supremo Tribunal Administrativo (Portugal). |