Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 16 de noviembre de 2017 — Mapei/EUIPO — Steenfabrieken Vandersanden (zerø)

(Asunto T‑722/16)

«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión zerø — Marca denominativa anterior de la Unión ZERO — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]»

1. 

Marca de la Unión Europea—Procedimiento de recurso—Recurso ante el juez de la Unión—Competencia del Tribunal General—Control de la legalidad de las resoluciones adoptadas por las Salas de Recurso

[Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 65, ap. 3]

(véase el apartado 14)

2. 

Marca de la Unión Europea—Definición y adquisición de la marca de la Unión—Motivos de denegación relativos—Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares—Riesgo de confusión con la marca anterior—Criterios de apreciación

[Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)]

(véanse los apartados 17 y 49)

3. 

Marca de la Unión Europea—Definición y adquisición de la marca de la Unión—Motivos de denegación relativos—Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares—Similitud entre los productos o servicios de que se trata—Criterios de apreciación

[Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)]

(véase el apartado 21)

4. 

Marca de la Unión Europea—Definición y adquisición de la marca de la Unión—Motivos de denegación relativos—Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares—Riesgo de confusión con la marca anterior—Marca figurativa zerø y marca denominativa ZERO

[Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)]

(véanse los apartados 24 a 28, 35, 36, 40, 41, 45 a 48 y 50)

5. 

Marca de la Unión Europea—Definición y adquisición de la marca de la Unión—Motivos de denegación relativos—Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares—Similitud entre las marcas de que se trata—Criterios de apreciación—Marca compuesta

[Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)]

(véanse los apartados 29 y 30)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 21 de julio de 2016 (asunto R 2371/2015‑1), relativa a un procedimiento de oposición entre Steenfabrieken Vandersanden y Mapei.

Fallo

1) 

Desestimar el recurso.

2) 

Condenar en costas a Mapei S.p.A.