Sentencia del Tribunal General (Sala de Casación) de 12 de septiembre de 2017 — Siragusa/Consejo
(Asunto T‑678/16 P)
«Recurso de casación — Función pública — Funcionarios — Cese — Solicitud de jubilación — Modificación de las disposiciones estatutarias posterior a la solicitud — Revocación de una decisión anterior — Calificación jurídica de la decisión impugnada»
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1. |
Recurso de casación — Motivos — Apreciación errónea de los hechos — Inadmisibilidad — Control por el Tribunal General de la apreciación de los hechos — Exclusión salvo en caso de desnaturalización (Art. 257 TFUE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58 y anexo I, art. 11) (véanse los apartados 12 y 13) |
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2. |
Recursos de funcionarios — Acto lesivo — Concepto — Decisión de la administración que puede ser considerada como una decisión de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos — Inclusión (Estatuto de los Funcionarios, art. 90, ap. 2) (véase el apartado 16) |
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3. |
Recursos de funcionarios — Acto lesivo — Concepto — Decisión que da a entender que la administración ha aceptado la solicitud de jubilación de un funcionario — Inclusión (Estatuto de los Funcionarios, art. 90, ap. 2) (véanse los apartados 18 a 21) |
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4. |
Recurso de casación — Estimación del recurso de casación — Anulación de una resolución del Tribunal de la Función Pública — Transferencia al Tribunal General de la competencia para conocer de los litigios entre la Unión y sus agentes — Litigio cuyo estado no permite que sea juzgado — Devolución a una Sala distinta de la de Casación [Reglamento (UE, Euratom) 2016/1192 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 4] (véanse los apartados 23 y 24) |
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra el auto del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea (Sala Primera) de 13 de julio de 2016, Siragusa/Consejo (F‑124/15, EU:F:2016:147), y por el que se solicita la anulación de dicho auto.
Fallo
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1) |
Anular el auto del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea (Sala Primera) de 13 de julio de 2016, Siragusa/Consejo (F‑124/15). |
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2) |
Devolver el asunto a una Sala del Tribunal General distinta de la que ha resuelto el presente recurso de casación. |
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3) |
Reservar la decisión sobre las costas. |