Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) de 6 de octubre de 2017 —
SDSR/EUIPO — Berghaus (BERG OUTDOOR)
(Asunto T‑139/16)
«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Registro internacional en el que se designa a la Unión Europea — Marca figurativa BERG OUTDOOR — Marcas denominativas anteriores de la Unión BERGHAUS — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Similitud entre los signos — Artículo 8, apartado 1 letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]»
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1. |
Procedimiento judicial—Escrito de interposición del recurso—Requisitos de forma—Determinación del objeto del litigio—Exposición sumaria de los motivos invocados—Enunciación abstracta—Inadmisibilidad [Estatuto del Tribunal de Justicia, arts. 21, párr. 1, y 53, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, arts. 76, letra d), y 177, ap. 1, letra d)] (véanse los apartados 20 y 21) |
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2. |
Marca de la Unión Europea—Definición y adquisición de la marca de la Unión—Motivos de denegación relativos—Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares—Riesgo de confusión con la marca anterior—Criterios de apreciación [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 35 y 36) |
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3. |
Marca de la Unión Europea—Definición y adquisición de la marca de la Unión—Motivos de denegación relativos—Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares—Similitud entre las marcas de que se trata—Criterios de apreciación—Marca compuesta [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 41 y 42) |
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4. |
Marca de la Unión Europea—Definición y adquisición de la marca de la Unión—Motivos de denegación relativos—Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares—Riesgo de confusión con la marca anterior—Marca figurativa BERG OUTDOOR y marcas denominativas BERGHAUS [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 57, 60, 61, 65 a 69 y 71 a 73) |
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5. |
Marca de la Unión Europea—Definición y adquisición de la marca de la Unión—Motivos de denegación relativos—Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares—Similitud entre las marcas de que se trata—Similitud gráfica entre una marca figurativa y una marca denominativa [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 59) |
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6. |
Marca de la Unión Europea—Resoluciones de la Oficina—Principio de igualdad de trato—Principio de buena administración—Práctica decisoria anterior de la Oficina—Principio de legalidad—Necesidad de efectuar un examen estricto y completo en cada caso concreto [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo] (véase el apartado 63) |
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 21 de enero de 2016 (asunto R 153/2015‑2), relativa a un procedimiento de oposición entre Berghaus y SDSR.
Fallo
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1) |
Desestimar el recurso. |
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2) |
Sports Division SR, SA (SDSR) cargará con sus propias costas, con las de la EUIPO y con las de la coadyuvante. |