Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta ampliada) de 13 de diciembre de 2018 — Ryanair y Airport Marketing Services/Comisión

(Asunto T‑77/16)

«Ayudas de Estado — Acuerdos celebrados con la línea aérea Ryanair y su filial Airport Marketing Services — Servicios aeroportuarios — Servicios de marketing — Decisión por la que se declara la ayuda incompatible con el mercado interior y se ordena su recuperación — Concepto de ayuda de Estado — Ventaja — Criterio del inversor privado — Recuperación — Selectividad»

1. 

Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Carácter selectivo de la medida — Descuentos concedidos a todas las líneas aéreas que utilizan un aeropuerto — Falta de carácter selectivo

(Art. 107 TFUE, ap. 1)

(véanse los apartados 31, 39 y 42 a 45)

2. 

Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Apreciación según el criterio del inversor privado — Apreciación económica compleja — Facultad de apreciación de la Comisión — Control jurisdiccional — Límites

(Art. 107 TFUE, ap. 1)

(véase el apartado 51)

3. 

Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Apreciación según el criterio del inversor privado — Apreciación a la luz de todos los aspectos pertinentes de la operación controvertida y de su contexto — Carga de la prueba que incumbe a la Comisión — Alcance

(Art. 107 TFUE, ap. 1)

(véanse los apartados 50 y 52 a 66)

4. 

Procedimiento judicial — Alegación de motivos nuevos en el curso del proceso — Requisitos — Ampliación de un motivo existente — Admisibilidad

[Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts. 177, ap. 1, letra d),y 84, ap. 1]

(véase el apartado 57)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación parcial de la Decisión (UE) 2016/152 de la Comisión, de 1 de octubre de 2014, sobre la ayuda estatal SA 27339 (12/C) (ex 11/NN) concedida por Alemania al aeropuerto de Zweibrücken y las compañías aéreas que hacen uso de él (DO 2016, L 34, p. 68).

Fallo

1) 

Anular el artículo 1, apartado 2, de la Decisión (UE) 2016/152 de la Comisión, de 1 de octubre de 2014, sobre la ayuda estatal SA 27339 (12/C) (ex 11/NN) concedida por Alemania al aeropuerto de Zweibrücken y las compañías aéreas que hacen uso de él, y los artículos 3, 4 y 5 de dicha Decisión en la medida en que afectan a Ryanair DAC y Airport Marketing Services Ltd.

2) 

La Comisión Europea cargará con sus propias costas y con las de Ryanair y Airport Marketing Services.

3) 

El Consejo de la Unión Europea cargará con sus propias costas.

4) 

La República de Letonia cargará con sus propias costas.