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29.1.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 32/30 |
Sentencia del Tribunal General de 5 de diciembre de 2017 — Xiaomi/EUIPO — Apple (MI PAD)
(Asunto T-893/16) (1)
([«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca denominativa de la Unión MI PAD - Marca denominativa anterior de la Unión IPAD - Motivo de denegación relativo - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001] - Riesgo de confusión - Similitud entre los signos - Similitud de los productos y servicios»])
(2018/C 032/41)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Recurrente: Xiaomi, Inc. (Pekín, China) (representantes: T. Raab y C. Tenkhoff, abogados)
Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: J. Ivanauskas, agente)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Apple Inc. (Cupertino, California, Estados Unidos) (representantes: J. Olsen, P. Andreottola, Solicitors, y G. Tritton, Barrister)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 22 de septiembre de 2016 (asunto R 363/2016-1) relativa a un procedimiento de oposición entre Apple y Xiaomi.
Fallo
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1) |
Desestimar el recurso. |
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2) |
Condenar en costas a Xiaomi, Inc. |