Asunto T-721/16: Sentencia del Tribunal General de 8 de mayo de 2018 — Luxottica Group/EUIPO — Chen (BeyBeni) [«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión BeyBeni — Marca figurativa nacional anterior Ray-Ban — Motivo de denegación relativo — Perjuicio para el renombre de la marca — Artículo 8, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1001]»]
Sentencia del Tribunal General de 8 de mayo de 2018 — Luxottica Group/EUIPO — Chen (BeyBeni)
(Asunto T-721/16) ( 1 )
«[«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión BeyBeni — Marca figurativa nacional anterior Ray-Ban — Motivo de denegación relativo — Perjuicio para el renombre de la marca — Artículo 8, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1001]»]»
2018/C 221/21Lengua de procedimiento: españolPartes
Recurrente: Luxottica Group SpA (Milán, Italia) (representantes: E. Ochoa Santamaría e I. Aparicio Martínez, abogadas)
Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: J. Crespo Carrillo, agente)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Xian Chen (Wenzhou, China)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 8 de junio de 2016 (asunto R 675/2015-5), relativa a un procedimiento de oposición entre Luxottica Group y el Sr. Chen.
Fallo
1) |
Anular la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 8 de junio de 2016 (asunto R 675/2015-5), relativa a un procedimiento de oposición entre Luxottica Group, S.p.A., y el Sr. Xian Chen. |
2) |
Condenar en costas a la EUIPO. |
( 1 ) DO C 454 de 5.12.2016.