8.1.2018 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 5/34 |
Sentencia del Tribunal General de 16 de noviembre de 2017 — Acquafarm/Comisión
(Asunto T-458/16) (1)
((«Responsabilidad extracontractual - Pesca - Programa operativo financiado por la Unión - Normativa de la Unión que prohíbe la importación de crustáceos procedentes de Australia - Infracción suficientemente caracterizada de una norma jurídica que confiere derechos a los particulares - Abstención de actuar - Confianza legítima»))
(2018/C 005/45)
Lengua de procedimiento: español
Partes
Demandante: Acquafarm, S.L., (Huelva) (representante: A. Pérez Moreno, abogado)
Demandada: Comisión Europea (representantes: P. Arenas, I. Galindo Martín y F. Moro, agentes)
Objeto
Demanda basada en el artículo 268 TFUE, por la que se solicita la reparación del perjuicio que la demandante alega haber sufrido ante la imposibilidad de llevar a término un proyecto de acuicultura de crustáceos procedentes de Australia, cofinanciado sobre la base del Reglamento (CE) n.o 1198/2006 del Consejo, de 27 de julio de 2006, relativo al Fondo Europeo de Pesca (DO 2006, L 223, p. 1), como consecuencia de la prohibición de importación de dichos crustáceos establecida por el Reglamento (CE) n.o 1251/2008 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2008, por el que se aplica la Directiva 2006/88/CE del Consejo en lo referente a las condiciones y los requisitos de certificación para la comercialización y la importación en la Comunidad de animales de la acuicultura y productos derivados y se establece una lista de especies portadoras (DO 2008, L 337, p. 41).
Fallo
1) |
Desestimar el recurso. |
2) |
Acquafarm, S.L., cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea. |