21.11.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 428/12


Recurso de casación interpuesto el 11 de septiembre de 2016 por Telefónica S.A. contra la sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) dictada el 28 de junio de 2016 en el asunto T-216/13, Telefónica/Comisión

(Asunto C-487/16 P)

(2016/C 428/13)

Lengua de procedimiento: español

Partes

Recurrente: Telefónica S.A. (representantes: J. Folguera Crespo y P. Vidal Martínez, abogados)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones

Que se anule la Sentencia, y con ella la Decisión (1), por los motivos expuestos en el Fundamento de Derecho Segundo declarando la inexistencia de una restricción por objeto en la conducta de Telefónica.

Subsidiariamente, que se anule la Sentencia por los motivos expuestos en el Fundamento de Derecho Primero, devolviendo los autos al Tribunal General para que proceda a la práctica de la prueba testifical denegada y resuelva sobre el fondo del recurso de anulación de Telefónica ante el Tribunal General en atención al resultado de la prueba practicada.

A título más subsidiario y por los motivos expuestos en el Fundamento de Derecho Tercero,

que se anule el apartado 1 de la parte dispositiva de la Sentencia;

que se declare la menor gravedad de la conducta de Telefónica y la concurrencia de las atenuantes indicadas en el Fundamento de Derecho Tercero de este escrito; y

que se determine el porcentaje de reducción del importe de la multa que proceda en aplicación de esta menor gravedad y de las atenuantes indicadas, de conformidad con lo expuesto en dicho Fundamento de Derecho.

Que se condene a la Comisión al pago de las costas incurridas por Telefónica tanto en el procedimiento en primera instancia como en el presente procedimiento ante el Tribunal de Justicia.

Que se admita la extensión de este escrito, ligeramente superior a la recomendada en las instrucciones prácticas del Tribunal de Justicia, atendiendo al impacto económico del asunto sobre la recurrente así como la complejidad de los argumentos expuestos.

Motivos y principales alegaciones

1.

Infracción de los artículos 47 y 48.2 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y del artículo 68 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General por la desestimación del examen de testigos solicitada. — La denegación por parte del Tribunal General de la prueba testifical solicitada ha puesto a Telefónica en una situación de indefensión, al denegar un medio de prueba esencial y determinante para el recto conocimiento del asunto. El proceder del Tribunal General es merecedor de cuatro objeciones fundamentales: (i) la objeción de la contradicción teleológica; (ii) la objeción de la desproporción en la carga probatoria; (iii) la objeción de la anticipación del resultado de la prueba testifical; y (iv) la objeción del desequilibrio en la ponderación.

2.

Infracción del artículo 101 TFUE derivada de la incorrecta aplicación de la jurisprudencia relativa a las restricciones por objeto y de los principios de motivación y presunción de inocencia.

Con carácter subsidiario:

3.

Error en la apreciación de la menor gravedad de la infracción y en la concurrencia de atenuantes en la conducta de Telefónica. — Telefónica considera que el Tribunal General no tomó en consideración en su valoración factores adicionales que denotan una menor gravedad de la conducta y que habrían dado lugar a una reducción de la multa adicional a la ya practicada por la Comisión.


(1)  Decisión C(2013)306 final de la Comisión, de 23 de enero de 2013, relativa a un procedimiento de conformidad con el artículo 101 TFUE (asunto COMP/39.839 — Telefónica/Portugal Telecom