12.9.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 335/40 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Hof van beroep te Brussel (Bélgica) el 5 de julio de 2016 — Openbaar Ministerie/Dawid Piotrowski
(Asunto C-367/16)
(2016/C 335/54)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Hof van beroep te Brussel
Partes en el procedimiento principal
Parte acusadora: Openbaar Ministerie
Imputado: Dawid Piotrowski
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿Debe interpretarse el artículo 3, número 3, de la Decisión Marco sobre la orden de detención europea (1) en el sentido de que sólo puede autorizarse la entrega de personas que, conforme al Derecho del Estado miembro de ejecución, tengan la consideración de menores de edad, o bien permite dicho artículo al Estado miembro de ejecución autorizar la entrega de menores de edad que, conforme a las normas nacionales, pueden ser considerados penalmente responsables a partir de una determinada edad (y, en su caso, se cumplan una serie de requisitos). |
2) |
En el supuesto de que la entrega de menores de edad esté prohibida en virtud del artículo 3, número 3, de la Decisión Marco, ¿debe interpretarse el artículo 3, número 3, de la Decisión Marco:
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3) |
Si el Estado miembro emisor puede realizar una apreciación in concreto, ¿no procede establecer una distinción, con objeto de evitar la impunidad, entre una entrega a efectos del ejercicio de una acción penal y una entrega a efectos de la ejecución de la pena? |
(1) Decisión Marco 2002/584/JAI del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros — Declaraciones realizadas por algunos Estados miembros con ocasión de la adopción de la Decisión marco (DO 2002, L 190, p. 1).