Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 1 de diciembre de 2016 — Comisión/Luxemburgo

(Asunto C‑152/16) ( 1 )

«Incumplimiento de Estado — Reglamento (CE) n.o 1071/2009 — Normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera — Artículo 16, apartados 1 y 5 — Registro electrónico nacional de las empresas de transporte por carretera — Falta de interconexión con los registros electrónicos nacionales de los demás Estados miembros»

1. 

Recurso por incumplimiento—Decisión de intentar un recurso ante el Tribunal de Justicia o de desistir de él—Competencia exclusiva de la Comisión

(Art. 258 TFUE)

(véase el apartado 16)

2. 

Recurso por incumplimiento—Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia—Situación que debe considerarse—Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado

(Art. 258 TFUE)

(véase el apartado 20)

3. 

Estados miembros—Obligaciones derivadas del Derecho de la Unión—Incumplimiento—Justificación basada en el ordenamiento jurídico interno—Improcedencia

(Art. 258 TFUE)

(véase el apartado 21)

4. 

Transportes—Transportes por carretera—Reglamento (CE) n.o 1071/2009—Normas comunes relativas a los requisitos para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera—Registro electrónico nacional de las empresas de transporte por carretera—Falta de creación de un registro de esas características y de interconexión con los registros electrónicos nacionales de los demás Estados miembros—Incumplimiento

[Reglamento (CE) n.o 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, art. 16, aps. 1 y 5]

(véanse el apartado 22 y el fallo)

Fallo

1)

Declarar que el Gran Ducado de Luxemburgo ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 16, apartados 1 y 5, del Reglamento (CE) n.o 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera y por el que se deroga la Directiva 96/26/CE del Consejo, al no haber creado su registro electrónico nacional de empresas de transporte por carretera plenamente conforme e interconectado con los registros electrónicos nacionales de los demás Estados miembros.

2)

Condenar en costas al Gran Ducado de Luxemburgo.


( 1 ) DO C 191 de 30.5.2016.