Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 4 de mayo de 2017 — Comisión/Grecia

(Asunto C‑98/16) ( 1 )

«Incumplimiento de Estado — Fiscalidad — Libre circulación de capitales — Artículo 63 TFUE — Artículo 40 del Acuerdo EEE — Impuesto de sucesiones — Herencias y legados en favor de entidades sin ánimo de lucro — Aplicación de un tipo preferencial a las entidades existentes o legalmente constituidas en Grecia y a las entidades extranjeras similares siempre que exista reciprocidad — Diferencia de trato — Restricción — Justificación»

Libre circulación de capitales—Restricciones—Legislación tributaria—Impuesto de sucesiones—Herencias y legados en favor de entidades sin ánimo de lucro—Disposición que reserva el derecho a un tipo preferencial a las entidades sin ánimo de lucro en el Estado miembro de que se trata y a las entidades extranjeras similares siempre que exista reciprocidad—Diferencia de trato—Justificaciones—Inexistencia

(Art. 63 TFUE; Acuerdo EEE, art. 40)

(véanse los apartados 37, 39 y 40 y el fallo)

Fallo

1) 

Declarar que la República Helénica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 63 TFUE y del artículo 40 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, de 2 de mayo de 1992, al haber adoptado y mantenido en vigor una normativa que aplica un tipo preferencial del impuesto de sucesiones a las herencias y legados en favor de entidades sin ánimo de lucro establecidas en otros Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo siempre que exista reciprocidad.

2) 

Condenar en costas a la República Helénica.


( 1 ) DO C 145 de 25.4.2016.