Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 4 de mayo de 2017 — Comercializadora Eloro/EUIPO
(Asunto C‑71/16 P) ( 1 )
«Recurso de casación — Marca de la Unión Europea — Solicitud de registro de una marca figurativa que incluye el elemento denominativo “ZUMEX” — Oposición del titular de la marca denominativa JUMEX — Reglamento (CE) n.o 207/2009 — Artículo 15, apartado 1, párrafo segundo, letra b), y artículo 42, apartado 2 — Prueba de uso — Uso en la Unión Europea — Artículo 76, apartado 2 — Pruebas complementarias del uso aportadas extemporáneamente ante la Sala de Recurso — Facultad de apreciación de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)»
1. |
Recurso de casación—Motivos—Motivación insuficiente—Motivación implícita del Tribunal General—Procedencia—Requisitos (Art. 256 TFUE, ap. 1; Estatuto del Tribunal de Justicia, arts. 36 y 53, párr. 1) (véanse los apartados 41 a 43) |
2. |
Recurso de casación—Motivos—Motivo invocado por primera vez en el marco del recurso de casación—Inadmisibilidad—Motivo con el que se pretende únicamente impugnar la fundamentación jurídica de la sentencia recurrida—Motivo que tiene su origen en la propia sentencia recurrida—Admisibilidad (Art. 256 TFUE, ap. 1; Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58) (véase el apartado 53) |
3. |
Marca de la Unión Europea—Procedimiento de recurso—Recurso contra una resolución de la División de Oposición de la Oficina—Examen por la Sala de Recurso—Alcance—Falta de alegación de hechos y de presentación de pruebas en apoyo de la oposición dentro del plazo concedido al efecto—Consideración—Facultad de apreciación de la Sala de Recurso—Ausencia de disposición en contrario [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 76, ap. 2; Reglamento (CE) n.o 2868/95 de la Comisión, art. 1, reglas 22, ap. 2, y 50, ap. 1] (véanse los apartados 55 a 60 y 65) |
Fallo
1) |
Desestimar el recurso de casación. |
2) |
Condenar en costas a Comercializadora Eloro, S.A. |
( 1 ) DO C 191, de 30.5.2016.