Sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) de 25 de enero de 2017 —
Sun System Kereskedelmi és Szolgáltató/EUIPO — Hollandimpex Kereskedelmi és Szolgáltató (Choco Love)
(Asunto T‑325/15)
«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión Choco Love — Marcas denominativa y figurativa anteriores de la Unión CHOCOLATE, CSOKICSŐ y Chocolate Brown — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009»
1. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Criterios de apreciación [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 23 y 81) |
2. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Apreciación del riesgo de confusión — Determinación del público pertinente — Nivel de atención del público [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véase el apartado 27) |
3. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre los productos o servicios de que se trata — Criterios de apreciación — Carácter complementario de los productos o de los servicios [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 36 y 42) |
4. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Similitud entre las marcas de que se trata — Criterios de apreciación — Marca compuesta [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 48 y 54) |
5. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Riesgo de asociación — Marcas anteriores con características que permiten que se considere que forman parte de una misma «serie» o «familia» — Requisitos [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 85 a 87) |
6. |
Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares — Riesgo de confusión con la marca anterior — Marca figurativa Choco Love — Marcas figurativas CHOCOLATE y CSOKICSŐ y marque figurativa Chocolate Brown [Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)] (véanse los apartados 90 a 95) |
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 26 de marzo de 2015 (asunto R 1369/2014‑1), relativa a un procedimiento de oposición sustanciado entre Sun System Kereskedelmi és Szolgáltató y Hollandimpex Kereskedelmi és Szolgáltató.
Fallo
1) |
Desestimar el recurso. |
2) |
Condenar a Sun System Kereskedelmi és Szolgáltató Kft. a cargar con sus costas y con las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO). |