Sentencia del Tribunal General (Sala Sexta)
de 30 de noviembre de 2016 — Fiesta Hotels & Resorts/EUIPO — Residencial Palladium (PALLADIUM PALACE IBIZA RESORT & SPA)

(Asunto T‑217/15)

«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca figurativa de la Unión PALLADIUM PALACE IBIZA RESORT & SPA — Nombre comercial nacional anterior GRAND HOTEL PALLADIUM — Motivo de denegación relativo — Utilización en el tráfico económico de un signo cuyo alcance no es únicamente local — Artículo 8, apartado 4, y artículo 53, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) n.o 207/2009»

1. 

Marca de la Unión Europea—Renuncia, caducidad y nulidad—Causas de nulidad relativa—Existencia de un derecho anterior contemplado en el artículo 8, apartado 4, del Reglamento (CE) no 207/2009—Requisitos—Interpretación a la luz del Derecho de la Unión—Apreciación con arreglo a los criterios fijados por el Derecho nacional que regula el signo invocado

[Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, arts. 8, ap. 4, y 53, ap. 1, letra c)]

(véanse los apartados 15 a 17)

2. 

Marca de la Unión Europea—Definición y adquisición de la marca de la Unión—Motivos de denegación relativos—Oposición del titular de una marca no registrada o de otro signo utilizado en el tráfico económico—Uso del signo en el tráfico económico—Concepto—Uso en el contexto de una actividad comercial con ánimo de lucro

[Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 4]

(véase el apartado 20)

3. 

Marca de la Unión Europea—Definición y adquisición de la marca de la Unión—Motivos de denegación relativos—Oposición del titular de una marca no registrada o de otro signo utilizado en el tráfico económico—Alcance local del signo—Medios de prueba

[Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 4]

(véanse los apartados 22 a 27 y 52)

4. 

Marca de la Unión Europea—Definición y adquisición de la marca de la Unión—Motivos de denegación relativos—Oposición del titular de una marca no registrada o de otro signo utilizado en el tráfico económico—Uso del signo en el tráfico económico—Criterio temporal

[Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 4, letra a)]

(véase el apartado 35)

5. 

Marca de la Unión Europea—Procedimiento de recurso—Recurso ante el juez de la Unión—Competencia del Tribunal General—Control de la legalidad de las resoluciones adoptadas por las Salas de Recurso—Nuevo examen de las circunstancias de hecho a la luz de pruebas no presentadas con anterioridad ante los órganos de la Oficina—Exclusión

[Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 65]

(véanse los apartados 39 y 83)

6. 

Marca de la Unión Europea—Renuncia, caducidad y nulidad—Causas de nulidad relativa—Existencia de un derecho anterior contemplado en el artículo 8, apartado 4, del Reglamento (CE) no 207/2009—Marca figurativa PALLADIUM PALACE IBIZA RESORT & SPA y nombre comercial GRAND HOTEL PALLADIUM

[Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, arts. 8, ap. 4, y 53, ap. 1, letra c)]

(véanse los apartados 50, 66, 72, 77, 78 y 90)

7. 

Marca de la Unión Europea—Definición y adquisición de la marca de la Unión—Motivos de denegación relativos—Oposición del titular de una marca no registrada o de otro signo utilizado en el tráfico económico—Signo que confiere a su titular el derecho a prohibir la utilización de una marca posterior—Carga de la prueba

[Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, arts. 8, ap. 4, letra b), y 76, ap. 1]

(véanse los apartados 57, 67 y 82)

8. 

Marca de la Unión Europea—Definición y adquisición de la marca de la Unión—Motivos de denegación relativos—Oposición del titular de una marca no registrada o de otro signo utilizado en el tráfico económico—Requisitos—Existencia de un derecho anterior que no haya sido invalidado por una resolución judicial que ha adquirido firmeza

[Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 4]

(véase el apartado 64)

9. 

Marca de la Unión Europea—Definición y adquisición de la marca de la Unión—Motivos de denegación relativos—Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares—Riesgo de confusión con la marca anterior—Coexistencia de marcas anteriores en el mercado—Relevancia

[Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, art. 8, ap. 1, letra b)]

(véase el apartado 88)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 23 de febrero de 2015 (asunto R 2391/2013‑2), relativa a un procedimiento de nulidad entre Residencial Palladium y Fiesta Hotels & Resorts.

Fallo

1) 

Desestimar el recurso.

2) 

Condenar en costas a Fiesta Hotels & Resorts, S.L.