14.3.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 98/43 |
Auto del Tribunal General de 21 de enero de 2016 — Proforec/Comisión
(Asunto T-120/15) (1)
((«Recurso de anulación - Registro de una denominación geográfica protegida - Focaccia di Recco col formaggio - Inexistencia de interés para ejercitar la acción - Inadmisibilidad»))
(2016/C 098/57)
Lengua de procedimiento: italiano
Partes
Demandante: Proforec Srl (Recco, Italia) (representantes: G. Durazzo, M. Mencoboni y G. Pescatore, abogados)
Demandada: Comisión Europea (representantes: D. Bianchi y J. Guillem Carrau, agentes)
Objeto
Recurso de anulación del Reglamento de Ejecución (UE) no 2015/39 de la Comisión, de 13 de enero de 2015, por el que se inscribe una denominación en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [Focaccia di Recco col formaggio (IGP)] (DO L 8, p. 7).
Fallo
1) |
Declarar la inadmisibilidad del recurso. |
2) |
Acordar el sobreseimiento de las demandas de intervención de la República Italiana y del Consorzio della Focaccia di Recco col formaggio. |
3) |
Condenar a Proforec Srl a cargar con sus propias costas y con aquellas en que haya incurrido la Comisión Europea a excepción de las correspondientes a la demanda de intervención. |
4) |
Proforec, la Comisión, la República Italiana y el Consorzio della Focaccia di Recco col formaggio, cargarán con sus propias costas correspondientes a las demandas de intervención. |