4.3.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 82/36


Sentencia del Tribunal General de 13 de diciembre de 2018 — Post Bank Iran/Consejo

(Asunto T-559/15) (1)

((«Responsabilidad extracontractual - Política exterior y de seguridad común - Medidas restrictivas adoptadas contra Irán - Congelación de fondos - Inclusión y mantenimiento del nombre de la parte demandante en las listas de personas y entidades a las que se aplican medidas restrictivas - Daño moral»))

(2019/C 82/40)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Post Bank Iran (Teherán, Irán) (representante: D. Luff, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: B. Driessen y M. Bishop, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: F. Ronkes Agerbeek y R. Tricot, agentes)

Objeto

Demanda basada en el artículo 268 TFUE, por la que se solicita la reparación del perjuicio que la demandante alega haber sufrido a raíz de la adopción de la Decisión 2010/644/PESC del Consejo, de 25 de octubre de 2010, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán y se deroga la Posición Común 2007/140/PESC (DO 2010, L 281, p. 81), del Reglamento (UE) n.o 961/2010 del Consejo, de 25 de octubre de 2010, relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 423/2007 (DO 2010, L 281, p. 1), de la Decisión 2011/783/PESC del Consejo, de 1 de diciembre de 2011, por la que se modifica la Decisión 2010/413 (DO 2011, L 319, p. 71), del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1245/2011 del Consejo, de 1 de diciembre de 2011, por el que se aplica el Reglamento n.o 961/2010 (DO 2011, L 319, p. 11), y del Reglamento (UE) n.o 267/2012 del Consejo, de 23 de marzo de 2012, relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento n.o 961/2010 (DO 2012, L 88, p. 1), conforme a los cuales el nombre de la demandante fue incluido y se mantuvo en las listas de personas y entidades a las que se aplican las medidas restrictivas.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Post Bank Iran cargará con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea.

3)

La Comisión Europea cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 27 de 25.1.2016.