4.4.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 118/8


Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberlandersgericht Düsseldorf (Alemania) el 21 de diciembre de 2015 — W.F. Gözze Frottierweberei GmbH y Wolfgang Gözze/Verein Bremer Baumwollbörse

(Asunto C-689/15)

(2016/C 118/09)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Oberlandersgericht Düsseldorf

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: W.F. Gözze Frottierweberei GmbH y Wolfgang Gözze

Demandada: Verein Bremer Baumwollbörse

Cuestiones prejudiciales

1)

¿El uso de una marca individual como sello de calidad puede suponer, respecto de los productos para los que se utiliza, un uso con carácter de marca a efectos de los artículos 9, apartado 1, y 15, apartado 1, del Reglamento (CE) no 207/2009 (1) del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria?

2)

En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión prejudicial: ¿Procede declarar la nulidad de tal marca con arreglo al artículo 52, apartado 1, letra a), en relación con el artículo 7, apartado 1, letra g), del Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria, o su caducidad por aplicación analógica del artículo 73, letra c), de dicho Reglamento, cuando el titular de la marca no garantice, mediante controles periódicos de calidad a sus licenciatarios, la veracidad de las expectativas de calidad que se asocian al signo en el mercado?


(1)  DO L 78, p. 1.