27.7.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 245/3 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale civile di Roma (Italia) el 13 de abril de 2015 — X/Presidenza del Consiglio dei Ministri
(Asunto C-167/15)
(2015/C 245/03)
Lengua de procedimiento: italiano
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunale civile di Roma
Partes en el procedimiento principal
Demandante: X
Demandada: Presidenza del Consiglio dei Ministri
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿Debe interpretarse el artículo 12, apartado 2, de la Directiva 2004/80 (1) en el sentido de que se opone a una ley nacional de transposición que, remitiéndose para la concesión de beneficios a cargo del Estado a las disposiciones de leyes especiales en favor de la víctima del delito, no ofrece a la víctima de un delito violento común acceso a un sistema indemnizatorio sustantivo de carácter general, regulando únicamente aspectos de procedimiento, referentes a los elementos transfronterizos, de acceso a dicho sistema? |
2) |
¿Debe interpretarse el artículo 12, apartado 2, de la Directiva 2004/80 en el sentido de que impone un sistema sustantivo de carácter general relativo a la protección por el Estado o, en cualquier caso, que tenga un contenido mínimo? En este último supuesto, ¿cuáles son los criterios para determinar dicho contenido? |
(1) Directiva 2004/80/CE del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa a la indemnización de las víctimas de delitos (DO L 261, p. 15).