30.3.2015 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 107/19 |
Petición de decisión prejudicial planteada por el Gerechtshof Amsterdam (Países Bajos) el 12 de enero de 2015 — AK (*1)/Achmea Schadeverzekeringen NV, Stichting Achmea Rechtsbijstand
(Asunto C-5/15)
(2015/C 107/27)
Lengua de procedimiento: Neerlandés
Órgano jurisdiccional remitente
Gerechtshof Amsterdam
Partes en el procedimiento principal
Demandante: AK (*1)
Demandadas: Achmea Schadeverzekeringen NV, Stichting Achmea Rechtsbijstand
Cuestión prejudicial
¿Debe interpretarse el concepto «procedimiento administrativo» contenido en el artículo 4, apartado 1, inicio y letra a), de la Directiva 87/344/CEE del Consejo, de 22 de junio de 1987, sobre coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas relativas al seguro de defensa jurídica (1), en el sentido de que incluye la fase de reclamación ante el CIZ [Centrum Indicatiestelling Zorg], en la que la persona que haya obtenido una decisión denegatoria del CIZ a su solicitud de indicación presenta un escrito de reclamación ante el CIZ por el que solicita la revisión de tal decisión?
(*1) Datos suprimidos o sustituidos en el marco de la protección de datos personales y/o confidenciales.