2.2.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 34/42


Recurso interpuesto el 4 de diciembre de 2014 — Hassan/Consejo

(Asunto T-790/14)

(2015/C 034/50)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Samir Hassan (Damasco, Siria) (representante: L. Pettiti, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

anule con fundamento en el artículos 263 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE):

la Decisión de Ejecución 2014/678/PESC del Consejo, de 26 de septiembre de 2014, por la que se aplica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria, en cuanto añade al Sr. Samir Hassan a la lista que figura en el anexo de esa Decisión 2013/255/PESC del Consejo de 31 de mayo de 2013 relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria;

el Reglamento de Ejecución (UE) no 1013/2014 del Consejo, de 26 de septiembre de 2014, por el que se aplica el Reglamento (UE) no 36/2012 relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria, en cuanto añade al Sr. Samir Hassan a la lista que figura en el anexo II del Reglamento (UE) no 36/2012 del Consejo de 18 de enero de 2012 relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria;

decida que los efectos de los actos anulados serán definitivos;

repare con fundamento en los artículos 268 TFUE y 340 TFUE el perjuicio causado al Sr. Hassan por la adopción contra él de las medidas restrictivas antes mencionadas y en ese concepto:

reconozca la responsabilidad extracontractual del Consejo de la Unión Europea por el perjuicio material sufrido y por el futuro y por el perjuicio moral;

conceda al Sr. Hasan la cantidad de 2 50  000 euros por mes desde el 1 de septiembre de 2011 para reparar el perjuicio material sufrido;

conceda al Sr. Hasan la cantidad de un (1) euro simbólico por el perjuicio moral sufrido;

y condene al Consejo de la Unión Europea a reparar el perjuicio material futuro;

en cualquier caso condene en la totalidad de las costas al Consejo de la Unión Europea.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.

1.

Primer motivo, basado en un error manifiesto del Consejo en la apreciación de los hechos y en un error de Derecho derivado del anterior, ya que el Consejo volvió a inscribir el nombre del demandante en las listas de las personas y entidades a las que se aplican las medidas restrictivas basándose en motivos no acreditados suficientemente en Derecho.

2.

Segundo motivo, basado en la vulneración del derecho de propiedad y del principio de proporcionalidad.

3.

Tercer motivo, basado en la vulneración de la presunción de inocencia del demandante.

4.

Cuarto motivo, referido a la reparación del perjuicio que el demandante ha sufrido a causa de las medidas ilegales adoptadas contra él por el Consejo.