26.1.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 26/38


Recurso interpuesto el 14 de noviembre de 2014 — European Dynamics Luxembourg/Comisión

(Asunto T-764/14)

(2015/C 026/49)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Demandantes: European Dynamics Luxembourg (Luxemburgo, Luxemburgo) y Evropaïki Dynamiki — Proigmena Systimata Tilepikoinonion Pliroforikis kai Tilematikis AE (Atenas, Grecia) (representantes: M. Sfyri e I. Ampazis, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

Las partes demandantes solicitan al Tribunal General que:

Anule la decisión de la Comisión Europea Ares(2014) 2903214, de 5 de septiembre de 2014, mediante la que la Comisión desestimó la oferta de las demandantes en el marco de la licitación por procedimiento restringido EuropeAid/135040/C/SER/MULTI.

Ordene el debido restablecimiento del status quo.

Condene a la Comisión al pago de las costas procesales de las demandantes.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, las partes demandantes alegan lo siguiente.

Según las demandantes, la decisión impugnada debe anularse, con arreglo al artículo 263 TFUE, por los siguientes motivos:

 

Primer motivo, basado en que la experiencia de los licitadores se valoró en la fase de adjudicación, aun cuando esa experiencia ya se había examinado en la fase de preselección.

 

Segundo motivo, basado en que la Comisión incumplió la obligación de motivación de sus decisiones, al proporcionar una motivación insuficiente de la calificación de la oferta técnica de las demandantes y al no comunicar la totalidad de la composición del consorcio adjudicatario y los datos esenciales de la oferta económica.

 

Tercer motivo, basado en que la Comisión incurrió en una serie de errores manifiestos de apreciación al evaluar las ofertas técnicas de las demandantes, vulnerando al mismo tiempo el principio de igualdad de oportunidades de los licitadores.

 

Cuarto motivo, basado en que la Comisión infringió el Reglamento financiero y vulneró el principio de transparencia que éste establece.