6.10.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 351/28 |
Recurso interpuesto el 12 de agosto de 2014 — Bice International/OAMI — Bice (bice)
(Asunto T-624/14)
2014/C 351/36
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés
Partes
Demandante: Bice International Ltd (Dubai, Emiratos Árabes Unidos) (representante: N. Gibb, Solicitor)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Bice AG (Baar, Suiza)
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 23 de mayo de 2014 en el asunto R 1249/2013-1. |
Motivos y principales alegaciones
Marca comunitaria registrada, respecto de la que se interpuso una solicitud de nulidad: Marca denominativa «bice» para productos y servicios de las clases 29, 30 y 43 — Marca comunitaria registrada no 5 1 26 693
Titular de la marca comunitaria: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso
Solicitante de la nulidad de la marca comunitaria: La demandante
Motivación de la solicitud de nulidad: Actuación de mala fe al presentar la solicitud de marca, en el sentido del artículo 52, apartado 1, letra b), del Reglamento sobre la marca comunitaria, y registro de la marca contrario a lo dispuesto en el artículo 53, apartado 1, letra a), de dicho Reglamento, puesto en relación con el artículo 8, apartado 1, letras a) y b), del mismo Reglamento
Resolución de la División de Anulación: Desestimación de la solicitud de nulidad en su totalidad
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso
Motivos invocados: Infracción de los artículos 52, apartado 1, letra b), y 53, apartado 1, letra a), del Reglamento sobre la marca comunitaria, puestos en relación con el artículo 8, apartado 1, letras a) y b), del mismo Reglamento.